Conoce las seis posibles sentencias del lunes 27 de enero, según el Instituto Peruano de Derecho del Mar.
PUBLICADO: 2014-01-23 -lamula.pe
A escasos cuatro días de conocer la sentencia de la Corte Internacional de Justicia de La Haya sobre la demanda que presentó el Perú para definir la frontera marítima con Chile, las actitudes de las autoridades de ambos países parecen reflejar lo que sería un fallo positivo para Perú, aunque ahora mismo es imposible definir en qué medida.
El presidente del Instituto Peruano de Derecho del Mar, Miguel Ángel Rodríguez, ha trabajado múltiples escenarios de un posible fallo sustentado en la especulación jurídica, con la premisa de que la Corte asumirá la delimitación a partir del "Punto Concordia".
A continuación le presentamos las alternativas:
1) El Fallo favorece totalmente a Perú.
La Haya aceptaría la propuesta peruana de trazar una línea media equidistante a partir del "Punto Concordia". Es decir le otorga la totalidad de los 38, 554 mil km2 del triángulo en disputa a Perú y le concede, además, el título del triángulo externo de aproximadamente 28 mil km2.
"Es poco probable que la Corte falle en este sentido porque le concede a Perú el cien por ciento de su demanda. Le otorga el triángulo de la controversia, además del reconocimiento del título sobre el triángulo externo", refiere el presidente del Instituto Peruano de Derecho del Mar.
2) El fallo le reconoce 12 millas paralelas a Chile.
La Corte a partir siempre del "Punto Concordia" traza doce millas de paralelo basada en la Declaración sobre Zona Marítima de 1952, firmando entre Perú, Chile y Ecuador.
Aunque el citado acuerdo menciona la aplicación del paralelo cuando se refiere a la condicionalidad de la presencia de islas, que sucede entre Perú y Ecuador, Rodríguez explica que la Corte podría adoptar esta solución porque también en el Convenio de 1954 se establece una zona especial a partir de 12 millas con una línea trazada en paralelo.
Además, agrega que el concepto de línea paralela se recoge también en diferentes actas, lo cual podría inclinar a la Corte a reconocerle este concepto a Chile.
"La Corte recogería esta tesis y le daría doce millas a Chile con una línea en paralelo; y enseguida trazaría la línea media o de equidistancia solicitada por Perú. Con lo cual estaría combinando la naturaleza jurídica de que efectivamente hubo un paralelo y se le respeta a Chile, pero también se funda el concepto de la equidad que el Perú reclama".
3) El fallo le concede a Perú 12 millas de equidistancia
El presidente del Instituto Peruano de Derecho del Mar afirma que las posibilidades de que la Corte adopte este fallo son elevadas. "La Corte tiene en toda su actuación el acto creativo como fuente de derecho internacional. La Corte crea una solución a partir de las peticiones que le formulan las partes".
Rodríguez explica que la Corte puede considerar el concepto de equidad a partir del "Punto Concordia" y trazar una línea media de equidistancia en las primeras doce millas, y luego trazar la la línea paralela bajo la parcialidad de los actos propios (jerga jurídica que se refiere a que el concepto de la línea paralela existe en varias normas peruanas, por tanto no debe ser ignorado).
"Esta sería para Perú una cuasi-victoria porque tendríamos una línea media, pero Chile mantendría su costa y la mayor proporción del área en controversia".
4) El fallo favorece totalmente la posición chilena
El escenario de la derrota. La Corte considera toda la teoría de los actos propios que Chile argumenta, e interpreta que la Declaración de 1952 y el Convenio de 1954 sí establecen límites marítimos, y por ende, las cosas continúan exactamente como están hasta ahora.
"En este escenario de igual modo, se le concede al Perú el título del triángulo externo sobre el que nuestro país no ha pedido reconocimiento de posesión, sino reconocimiento del título", explica Rodríguez.
Existen tres posibilidades adicionales que podría adoptar la Corte, aunque con un menor margen de posibilidades de figurar en el fallo.
5) El fallo combinado.
La Corte decide combinar las posiciones de ambos países. Se aplica una línea paralela de 12 millas a partir del "Punto Concordia" y luego se establece zonas especiales de 10 millas de penetración para cada país. Primero para Chile y luego para Perú, basado en "el artículo 1 del Convenio de 1954 que establece una zona especial a partir de la milla 12; de 10 millas a cada lado del paralelo", detalla Rodríguez.
"En este caso se mantiene el status quo y es sin duda una victoria para Chile porque no ganamos nada. Pero que la Corte falle de este modo es muy poco probable".
Segunda posibilidad dentro de este mismo fallo solo que en este caso la penetración de las primeras 10 millas se le concede a Perú.
6) El Fallo combinado con línea media equidistante
La Corte considera la Declaración de 1952 y el Convenio de 1954 y establece las mismas 12 millas y el área de penetración mutua para cada país de 10 millas. Pero a continuación establece una linea media, con lo cual el Perú obtiene una proporción marginal del zona marítima en disputa.
A solo de unos días para el fallo de la Haya, el ambiente político se encuentra caldeado en ambos países. Según Chile cual fuere el resulado del Fallo se realizará una "ejecución gradual". De las declaraciones del presidente de Chile, Sebastián Piñera, se deduce que una vez dado el fallo, en caso de ser contrario a ese país, existe un ánimo de retrasar su implementación.
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